Es el Órgano Máximo de Representación (OMR) y participación de los diferentes sectores que forman la comunidad educativa. Es en este espacio donde las familias, el profesorado y el alumnado participan y toman las decisiones que afectan a la vida de cualquier centro escolar. La constitución del OMR es obligatoria.
El número de padres y madres elegidos por las familias representará el 50% del total de componentes del OMR.
Composición del OMR
Estará compuesto, al menos, por:
- La directora o el director, que será su presidenta o presidente.
- El jefe o jefa de estudios.
- Un número determinado de profesoras y profesores elegidos por el claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes.
- Un número determinado de madres o padres, elegidos por las familias. La Asociación de madres y padres podrá designar directamente y sin someterse al proceso electoral a una persona representante como miembro nato del OMR.
- Una persona que represente al personal no docente.
- Un o una representante del Ayuntamiento.
- El secretario o secretaria del centro, que actuará como secretario del OMR, con voz pero sin voto.
- Una o un representante del personal de atención educativa complementaria en los centros que tengan unidades de educación especial.
Competencias del OMR
- Aprobar el Proyecto Educativo del Centro (PEC), el Proyecto Curricular y el Proyecto Lingüístico.
- Aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF).
- Aprobar el Proyecto de Gestión Económica.
- Aprobar el Plan de Convivencia del Centro.
- Aprobar el Plan Anual del Centro, que comprende:
- -El Programa de actividades docentes.
- -El Plan de formación.
- -El Programa de actividades extraescolares y complementarias.
- -El Programa anual de gestión económica.
- Aprobar la memoria anual del centro.
- Aprobar las directrices de organización y funcionamiento del programa de apoyo de materiales didácticos y recursos de desarrollo curricular.
- Conocer y en su caso revisar las medidas correctoras en materia de convivencia de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes del alumnado.
- Decidir sobre la admisión del alumnado en el centro, con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.
- Establecer las relaciones de colaboración con otros centros con fines culturales y educativos.
- Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, así como vigilar su conservación.
- Supervisar la actividad general del centro en los aspectos administrativos y docentes.
- Aprobar las directrices de organización y funcionamiento del comedor escolar.
- Controlar la gestión económica del comedor aprobando la periodicidad y forma de pago de las cuotas de los y las comensales.
- Aprobar los horarios y el calendario del centro.
- Elegir aquel miembro del OMR que no pertenezca al profesorado para formar parte de la comisión que valorará el proyecto de dirección del centro.