OMR

Es el Órgano Máximo de Representación (OMR) y participación de los diferentes sectores que forman la comunidad educativa. Es en este espacio donde las familias, el profesorado y el alumnado participan y toman las decisiones que afectan a la vida de cualquier centro escolar. La constitución del OMR es obligatoria.

El número de padres y madres elegidos por las familias representará el 50% del total de componentes del OMR.

Composición del OMR

Estará compuesto, al menos, por:

  • La directora o el director, que será su presidenta o presidente.
  • El jefe o jefa de estudios.
  • Un número determinado de profesoras y profesores elegidos por el claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes.
  • Un número determinado de madres o padres, elegidos por las familias. La Asociación de madres y padres podrá designar directamente y sin someterse al proceso electoral a una persona representante como miembro nato del OMR.
  • Una persona que represente al personal no docente.
  • Un o una representante del Ayuntamiento.
  • El secretario o secretaria del centro, que actuará como secretario del OMR, con voz pero sin voto.
  • Una o un representante del personal de atención educativa complementaria en los centros que tengan unidades de educación especial.

Competencias del OMR

  • Aprobar el Proyecto Educativo del Centro (PEC), el Proyecto Curricular y el Proyecto Lingüístico.
  • Aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF).
  • Aprobar el Proyecto de Gestión Económica.
  • Aprobar el Plan de Convivencia del Centro.
  • Aprobar el Plan Anual del Centro, que comprende:
    1. -El Programa de actividades docentes.
    2. -El Plan de formación.
    3. -El Programa de actividades extraescolares y complementarias.
    4. -El Programa anual de gestión económica.
  • Aprobar la memoria anual del centro.
  • Aprobar las directrices de organización y funcionamiento del programa de apoyo de materiales didácticos y recursos de desarrollo curricular.
  • Conocer y en su caso revisar las medidas correctoras en materia de convivencia de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes del alumnado.
  • Decidir sobre la admisión del alumnado en el centro, con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.
  • Establecer las relaciones de colaboración con otros centros con fines culturales y educativos.
  • Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, así como vigilar su conservación.
  • Supervisar la actividad general del centro en los aspectos administrativos y docentes.
  • Aprobar las directrices de organización y funcionamiento del comedor escolar.
  • Controlar la gestión económica del comedor aprobando la periodicidad y forma de pago de las cuotas de los y las comensales.
  • Aprobar los horarios y el calendario del centro.
  • Elegir aquel miembro del OMR que no pertenezca al profesorado para formar parte de la comisión que valorará el proyecto de dirección del centro.

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